La indemnización por despido improcedente parte de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Para contratos anteriores a 2012 conviven reglas transitorias que encarecen el cálculo en antigüedades largas.
No basta con mirar el salario base: comisiones habituales, plus de transporte estructural y ciertos complementos fijos integran la base reguladora si constan en nóminas de los últimos doce meses.
En negociaciones recientes en Camargo y el área metropolitana de Santander hemos visto empresas ofrecer 20 días por año presentándolo como «generoso». Con una hoja de cálculo contrastada se evita firmar por debajo del mínimo legal.